14388/01 (Presse 437)

(OR. FR)

 

COMUNICADO DE PRENSA

Asunto :

Sesión nº 2391 del Consejo

- EDUCACIÓN Y JUVENTUD -

Bruselas, 29 de noviembre de 2001

 

 

Presidentes:

D.ª Marleen VANDERPOORTEN

Ministra Flamenca de Educación y formación

D. Bert ANCIAUX

Ministro Flamenco de Cultura, Juventud, Deportes, Asuntos de Bruselas y Cooperación al Desarrollo

del Reino de Bélgica

 

ÍNDICE

PARTICIPANTES *

PUNTOS OBJETO DE DEBATE

EDUCACIÓN

DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA Y APRENDIZAJE DE LENGUAS EN EL MARCO DEL AÑO EUROPEO DE LAS LENGUAS - Resolución *

DIRECTRICES PARA EL EMPLEO EN 2002 *

ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PERMANENTE *

SEGUIMIENTO DEL INFORME SOBRE LOS OBJETIVOS CONCRETOS DE LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN - Conclusiones *

COOPERACIÓN CON TERCEROS PAÍSES EN MATERIA DE ENSEÑANZA SUPERIOR *

AÑO EUROPEO DE LA EDUCACIÓN POR EL DEPORTE 2004 *

JUVENTUD

LIBRO BLANCO SOBRE LA JUVENTUD *

VOLUNTARIADO JUVENIL - Resolución *

"LA JUVENTUD CON EUROPA" Y "SERVICIO VOLUNTARIO EUROPEO" *

VARIOS *

- Conferencia europea "La juventud con la tolerancia y la democracia" *

- Juventud Euromed II *

- Actividades de la Presidencia en materia de educación *

PUNTOS ADOPTADOS SIN DEBATE

RELACIONES EXTERIORES *

- Misión de Observación de la Unión Europea (MOUE) *

- Albania – armas ligeras y de pequeño calibre *

- UE-Rusia – Quinta reunión del Comité de Cooperación *

JUSTICIA, ASUNTOS DE INTERIOR Y PROTECCIÓN CIVIL *

- Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción *

TRANSPARENCIA *

- Acceso del público a los documentos – modificación del reglamento interno del Consejo *

AGRICULTURA *

- Productos alimenticios - contenido máximo de determinados contaminantes* *

_________________

Para más información: ( 02 285 62 19 ó 02 285 81 11

PARTICIPANTES

Los Gobiernos de los Estados miembros y la Comisión Europea han estado representados de la siguiente manera:

Bélgica:

D.ª Marleen VANDERPOORTEN

Ministra Flamenca de Educación y Formación

D. Bert ANCIAUX

Ministro Flamenco de Cultura, Juventud, Deportes, Asuntos de Bruselas y Cooperación al Desarrollo

D. Pierre HAZETTE

Ministro de Educación Secundaria, y Educación Especial (Comunidad Francesa)

D. Hans NIESSEN

Ministro de la Juventud y la Familia, de la Protección de Monumentos, de Sanidad y de Asuntos Sociales (Comunidad Germanófona)

Dinamarca:

Mme Ulla TØRNÆS

Ministro de Educación

Alemania:

D. Wolf-Michael CATENHUSEN

Secretario de Estado Parlamentario adjunto a la Ministra Federal de Educación e Investigación

D. Peter HAUPT

Secretario de Estado del Ministerio Federal de la Familia, la Tercera Edad, la Condición Femenina y la Juventud

D.ª Ute ERDSIECK-RAVE

Ministra de Educación, Ciencia, Investigación y Artes del Estado Federado de Schleswig-Holstein

Grecia:

D. Petros EFTHYMIOU

Ministro de Educación y Cultos

D. Georgios SAKELLION

Secretario de Estado de Juventud

España:

Mme Pilar del CASTILLO VERA

Ministra de Educación, Cultura y Deporte

D. Marino DIAZ GUERRA

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales

Francia:

D.ª Marie-George BUFFET

Ministra de Juventud y Deporte

D. Jean-Luc MELENCHON

Ministro adjunto al Ministro de Educación, encargado de la Enseñanza Profesional

Irlanda:

D. Michael WOODS

Ministro de Educación y Ciencia

Italia:

D.ª Letizia MORATTI

Ministra de Educación, Universidad e Investigación

   

Luxemburgo:

D.ª Anne BRASSEUR

Ministra de Educación, Formación Profesional y Deporte

D.ª Marie-Josée JACOBS

Ministra de la Familia, de la Solidaridad Social y de la Juventud

Países Bajos:

D. Ian DE JONG

Representante Permanente Adjunto

Austria:

D.ª Elisabeth GEHRER

Ministra Federal de Educación

D. Herbert HAUPT

Ministro Federal de Seguridad Social y para las Generaciones

Portugal:

D. Júlio PEDROSA

Ministro de Educación

D. Pedro LOURTIE

Secretario de Estado de la Enseñanza Superior

D. Miguel FONTES

Secretario de Estado de Juventud y Deporte

Finlandia:

D.ª Maija RASK

Ministro de Educación

D.ª Suvi LINDEN

Ministra de Cultura

 

 

Suecia:

D.ª Britta LEJON

Ministra, Ministerio de Justicia, responsable de Cuestiones Democráticas y Política de los Consumidores

Reino Unido:

D.ª Margaret HODGE

Secretaria de Estado de Educación Permanente y Educación Superior

D. John DENHAM

Secretario de Estado para la Reducción de la Delincuencia, Mantenimiento del Orden y Seguridad Ciudadana

D.ª Jane DAVIDSON

Ministro de Educación y de Educación Permanente (Asamblea galesa)

* * *

Comisión:

D.ª Viviane REDING

Comisario

 

EDUCACIÓN

DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA Y APRENDIZAJE DE LENGUAS EN EL MARCO DEL AÑO EUROPEO DE LAS LENGUAS - Resolución

El Consejo ha adoptado una resolución sobre el fomento de la diversidad lingüística y el aprendizaje de lenguas. Esta resolución está encaminada a la consecución de los objetivos establecidos en el marco del Año Europeo de las Lenguas 2001 y confirma la importancia que otorga la Unión Europea a la diversidad y al pluralismo lingüístico.

"EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Considerando lo siguiente:

(1) La Resolución del Consejo de 31 de marzo de 1995 relativa a la mejora de la calidad y la diversificación del aprendizaje y de la enseñanza de las lenguas en los sistemas educativos de la Unión Europea, en la que se señala que "los alumnos deberían tener, como norma general, la posibilidad de aprender dos lenguas de la Unión distintas de la o las lenguas maternas";

(1 bis) La responsabilidad de los Estados miembros en la determinación del contenido de la enseñanza y en la organización de los sistemas educativos y su diversidad cultural y lingüística;

(2) El Libro Blanco de la Comisión de 1995 "Enseñar y aprender: hacia la sociedad cognitiva";

(3) Las conclusiones del Consejo de 12 de junio de 1995 sobre la diversidad y el pluralismo lingüísticos en la Unión Europea;

(4) La Resolución del Consejo de 16 de diciembre de 1997 relativa a la enseñanza precoz de las lenguas de la Unión Europea;

(5) Las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Lisboa, de 23 y 24 de marzo de 2000, en las que se mencionan las lenguas extranjeras en relación con un marco europeo para la definición de las cualificaciones básicas;

(6) La Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, por la que se establece el Año Europeo de las Lenguas 2001;

(7) El artículo 22 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de 7 de diciembre de 2000, sobre la que el Consejo Europeo de Niza manifestó su satisfacción, en el que se dispone que la Unión respeta la diversidad cultural, religiosa y lingüística;

(8) La Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 14 de diciembre de 2000, sobre el plan de acción para la movilidad aprobado en el Consejo Europeo de Niza;

(8 bis) La Decisión del Consejo de 19 de enero de 2001 relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros para el año 2001 y, en particular, los objetivos horizontales relativos a la educación permanente;

(9) El Informe del Consejo de Educación de 12 de febrero de 2001 al Consejo Europeo de Estocolmo titulado "Futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación", en el que figura explícitamente como objetivo la mejora del aprendizaje de idiomas, y las conclusiones del Consejo de 28 de mayo de 2001 sobre la actuación consecutiva al informe;

(10) El Memorándum de la Comisión de 2000 sobre el aprendizaje permanente que ha provocado un amplio debate a escala europea y en los Estados miembros sobre la forma de aplicar estrategias generales y coherentes para el aprendizaje permanente, entre otras cosas para el aprendizaje de lenguas;

(11) La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de julio de 2001 relativa a la movilidad en la Comunidad de los estudiantes, las personas en formación, los voluntarios, los profesores y los formadores;

(12) Las actividades del Consejo de Europa encaminadas al fomento de la diversidad lingüística y al aprendizaje de lenguas,

Destaca que:

(1) a) el conocimiento de lenguas es una de las capacidades básicas que cualquier ciudadano debe poseer para participar eficazmente en la sociedad europea del conocimiento y, en cuanto tal, fomenta tanto la integración en la sociedad como la cohesión social; y que el conocimiento profundo de la lengua o lenguas maternas puede facilitar el aprendizaje de otras lenguas;

b) el conocimiento de lenguas desempeña un papel importante de cara al fomento de la movilidad tanto en el contexto educativo como en el profesional, y por razones culturales y personales;

c) el conocimiento de lenguas también constituye una ventaja para la cohesión europea a la luz de la ampliación de la UE;

(2) todas las lenguas europeas poseen desde un punto de vista cultural el mismo valor y dignidad y son parte integrante de la cultura y la civilización europeas.

Recuerda que:

El Año Europeo de las Lenguas 2001, organizado en colaboración con el Consejo de Europa, es un estímulo para la conciencia de la diversidad lingüística y el fomento del aprendizaje de lenguas.

El informe del Consejo de Educación de 12 de febrero de 2001 sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación, en el que figura explícitamente como objetivo la mejora del aprendizaje de idiomas, debería ser llevado a la práctica con la ayuda de un programa de trabajo pormenorizado que se definirá en un informe conjunto que el Consejo y la Comisión presentarán al Consejo Europeo de Barcelona.

Confirma:

Los objetivos establecidos en el artículo 2 de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de julio de 2000 por la que se establece el Año Europeo de las Lenguas 2001, con vistas a su desarrollo posterior.

Invita a los Estados miembros, en el marco, límites y prioridades de sus respectivos sistemas políticos, jurídicos, presupuestarios, educativos y formativos, a:

(1) Tomar las medidas que consideren adecuadas para ofrecer a los alumnos, en la medida de lo posible, la oportunidad de aprender dos lenguas o, cuando proceda, un número mayor, además de la lengua materna, y fomentar el aprendizaje de idiomas en general, en el contexto del aprendizaje permanente, teniendo en cuenta las diferentes necesidades de los destinatarios de estas medidas y la importancia de ofrecer un acceso equitativo a las posibilidades de formación. Para fomentar la cooperación y la movilidad en Europa, la oferta de lenguas deberá ser lo más diversificada posible, incluidas las lenguas de los países o regiones vecinos;

(2) Procurar que los programas lectivos y los objetivos pedagógicos fomenten desde una edad temprana actitudes positivas frente a otras lenguas y culturas y estimulen las capacidades de comunicación intercultural;

(2 bis) Fomentar en la formación profesional el aprendizaje de lenguas, teniendo en cuenta el impacto positivo que el conocimiento de lenguas tiene sobre la movilidad y la empleabilidad;

(3) Facilitar la integración en el sistema educativo y en la sociedad en general de los hablantes de otras lenguas, entre otras cosas mediante medidas encaminadas a mejorar su conocimiento de la lengua o lenguas oficiales de enseñanza, respetando la lengua y la cultura del país de origen;

(4) Fomentar el uso de métodos pedagógicos innovadores, sobre todo a través de la formación de los enseñantes;

(4 bis) Animar a los futuros profesores de idiomas a que aprovechen los programas europeos pertinentes para realizar una parte de sus estudios en un país o región de un país donde el idioma que enseñarán más adelante sea la lengua oficial;

(5) Crear sistemas para homologar las competencias lingüísticas, sobre la base del Marco común europeo de referencia en materia de lenguas elaborado por el Consejo de Europa, prestando suficiente atención a las competencias adquiridas a través del aprendizaje no formal;

(6) Estimular la cooperación europea para fomentar la transparencia de las cualificaciones y la garantía de la calidad en la enseñanza de lenguas;

(7) Tener presente, en el contexto de los objetivos antes mencionados, la riqueza que representa la diversidad lingüística de la Comunidad Europea y favorecer en consecuencia, entre otras cosas, la cooperación entre los centros oficiales u otras instituciones culturales para la difusión de las lenguas y culturas de los Estados miembros.

Invita a la Comisión a:

(1) Respaldar a los Estados miembros en la aplicación de las anteriores recomendaciones;

(2) Tener en cuenta, en este contexto, el principio de diversidad lingüística en sus relaciones con terceros países y países candidatos a la adhesión.

(3) Proponer, de aquí a principios de 2003, acciones encaminadas a promover la diversidad linguística y el aprendizaje de lenguas, y garantizar al mismo tiempo la coherencia con la aplicación del Informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación."

DIRECTRICES PARA EL EMPLEO EN 2002

El Consejo ha adoptado un dictamen sobre los aspectos relativos a la educación y la formación del proyecto de directrices para el empleo de los Estados miembros para el próximo año. Este dictamen refleja el papel activo que confió el Consejo Europeo de Lisboa en 2000 al Consejo "Educación" en el marco de la estrategia europea para el empleo.

En su dictamen, el Consejo "Educación", concretamente:

- se congratula de la introducción en 2000 de un objetivo horizontal relativo a la educación y la formación permanente en las directrices para el empleo, que califica de paso importante hacia una mayor coherencia; observa, sin embargo, que este objetivo aún se encuentra diseminado entre varias directrices;

- acoge con satisfacción el añadido, en 2001, de un nuevo objetivo horizontal relativo a la calidad del empleo, que incluye las calificaciones, así como la educación y la formación permanente; en este contexto, el Consejo considera que sería provechoso señalar pautas más precisas respecto de la educación y de la formación permanente;

- insta a fortalecer la cooperación y la sinergia entre los distintos procesos e iniciativas, en particular la actuación derivada del informe sobre los futuros objetivos concretos de los sistemas de educación y formación, el Memorándum de la Comisión sobre el aprendizaje permanente y el Plan de acción "eLearning";

- solicita estar estrechamente vinculado a la evaluación en curso de las repercusiones de la estrategia europea para el empleo.

ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PERMANENTE

El Consejo ha atendido a una presentación por parte de la Comisaria REDING de la Comunicación de la Comisión de 21 de noviembre de 2001 relativa a la realización de un espacio europeo del aprendizaje permanente. La Comunicación es fruto de un largo proceso de consultas que se inició en octubre de 2000 al publicar la Comisión un memorándum sobre este tema.

La Comunicación parte de la observación de que la competitividad de nuestras economías, en la actualidad y en el futuro, depende cada vez más de la calidad del capital humano, y en particular, de la capacidad que demuestren los hombres y mujeres de aprender en todo momento durante la vida y saber utilizar los instrumentos de la sociedad del conocimiento. Señala que la mayoría de los países europeos sufre un cierto retraso en la inversión dedicada a la educación, que es demasiado escaso el porcentaje de europeos en edad laboral que participa en una formación (menos del 10 %) y que por ello Europa está mal posicionada en una sociedad en la que las cualificaciones caducan rápidamente. La Comisión considera que los medios dedicados a la formación y al aprendizaje permanente son claramente insuficientes habida cuenta de los objetivos fijados por el Consejo Europeo de Lisboa en marzo de 2000 y de los desafíos que plantea una sociedad del conocimiento.

Por consiguiente, la Comisión propone en su comunicación la realización de un verdadero espacio europeo de la educación y la formación permanente para que los ciudadanos puedan en cualquier momento de su vida adquirir nuevos conocimientos y competencias. Responde así al mandato del Consejo Europeo de Feira de junio de 2000 que solicitaba a la Comisión y a los Estados miembros que definieran estregias y medidas concretas con este fin. La comunicación propone seis elementos clave con objeto de ayudar a los Estados miembros y a los agentes económicos y sociales en el desarrollo y puesta en práctica de estrategias coherentes y globales de aprendizaje permanente. Dichos elementos clave son los siguientes: trabajar en cooperación, analizar detalladamente las necesidades, aumento sustancial de la inversión pública y privada en el aprendizaje, hacer más accesibles las ofertas de aprendizaje, valorar el aprendizaje y controlar la calidad.

El Consejo volverá a tratar la cuestión en febrero de 2002, en particular con vistas a la preparación del Consejo Europeo de Barcelona en marzo de 2002.

SEGUIMIENTO DEL INFORME SOBRE LOS OBJETIVOS CONCRETOS DE LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN - Conclusiones

El Consejo ha adoptado las conclusiones que figuran a continuación relativas al seguimiento del Informe sobre los objetivos concretos de los sistemas de educación y formación que adoptó el Consejo "Educación" el 12 de febrero de 2001 y fue remitido al Consejo Europeo de Estocolmo en marzo de 2001. El Consejo ha confirmado asimismo el informe intermedio, anejo a las conclusiones (véase Anexo I), elaborado con vistas al Consejo Europeo de Barcelona. Una vez definido un conjunto de objetivos comunes, se trata de establecer un programa de trabajo para el seguimiento y un calendario para la realización de los trabajos. Por consiguiente, el informe intermedio incluye un programa de trabajo detallado y un calendario para la puesta en práctica de los tres objetivos estratégicos y los trece objetivos relacionados con ellos definidos en el mes de febrero.

El Consejo ha celebrado asimismo un debate con vistas a la preparación del informe definitivo de la Comisión y del Consejo que será adoptado en el Consejo "Educación" del 14 de febrero de 2002 y remitido, de acuerdo con el mandato del Consejo Europeo de Estocolmo, al Consejo Europeo de Barcelona en marzo de 2002.

Al término del debate, la Presidenta del Consejo recordó los elementos más importantes que se habían planteado:

- - un respaldo general al proceso iniciado,

- la voluntad de lanzar una señal clara con vistas a Barcelona a través de un informe a la vez ambicioso y concreto,

- la búsqueda de coherencia con las demás iniciativas, tanto dentro de la Comunidad (por ej. el espacio europeo de aprendizaje permanente) como fuera de ella (proceso de Bolonia, trabajos en el seno de la OCDE),

- insistencia en la garantía de calidad, la formación, el reconocimiento de los títulos y la movilidad,

- la aplicación adecuada de los diferentes instrumentos que pueden utilizarse en el marco del método abierto de coordinación de los distintos objetivos,

- la voluntad de implicar a los países candidatos en el proceso.

A partir de las conclusiones del debate, el Consejo proseguirá su labor, bajo Presidencia española, y se ha congratulado en este sentido del compromiso claro asumido por la futura Presidencia en la preparación del informe definitivo.

Conclusiones sobre la actuación ulterior al Informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación:

"El Consejo,

Visto:

(1) El nuevo objetivo estratégico de la Unión Europea, establecido por el Consejo Europeo de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000 y confirmado por el Consejo Europeo de Estocolmo de los días 23 y 24 de marzo de 2001, de "convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social".

(2) La afirmación del Consejo Europeo de Lisboa de que los sistemas de educación y formación europeos necesitan adaptarse tanto a las demandas de la sociedad del conocimiento como a la necesidad de mejorar el nivel y calidad del empleo.

(3) El mandato del Consejo Europeo de Lisboa al Consejo de Educación de "que emprenda una reflexión general en el Consejo sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas educativos, centrada en intereses y prioridades comunes y que respete al mismo tiempo la diversidad nacional, con vistas a contribuir a los procesos de Luxemburgo y Cardiff y presentar un informe más amplio al Consejo Europeo en la primavera de 2001" (punto 27 de las conclusiones de la Presidencia).

(4) El Informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación (en lo sucesivo denominado "el Informe"), adoptado por el Consejo de Educación del 12 de febrero de 2001, en el que se tenía en cuenta una propuesta de la Comisión, se recogían tres objetivos estratégicos precisos y 13 objetivos conexos, y se tomaban en consideración los objetivos generales que la sociedad atribuye a la educación y la formación.

(5) El Consejo Europeo de Estocolmo, que volvió a insistir en la importancia de la educación y la formación: "La mejora de las aptitudes básicas, especialmente en temas digitales y de tecnología de la información, es una prioridad fundamental para convertir a la Unión en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo. Esta prioridad incluye las políticas educativas y la formación permanente, así como la reducción de la escasez actual de personal científico y técnico. Una economía basada en el conocimiento requiere una educación general sólida para poder seguir potenciando la movilidad de los trabajadores y la formación permanente."

(5bis) El Consejo Europeo de Estocolmo, que también encargó al Consejo y a la Comisión que presentaran "al Consejo Europeo de primavera en 2002 un informe, con un programa de trabajo detallado, sobre el cumplimiento de los objetivos de los sistemas de educación y formación, en el que se incluirá una evaluación de sus logros en el marco del método abierto de coordinación y con una perspectiva mundial."

(6) Las conclusiones del Consejo de 13 de julio de 2001 sobre la actuación ulterior al Informe, en las que se señalaba que se iniciarían de inmediato los trabajos en los ámbitos de las capacidades básicas (objetivo 1.2), las tecnologías de la información y de las comunicaciones (objetivo 1.3) y las matemáticas, ciencia y tecnología (objetivo 1.4), ámbitos que el Consejo Europeo de Estocolmo ya había resaltado en sus conclusiones.

(7) La Comunicación "Proyecto de programa de trabajo detallado para el seguimiento del informe sobre los objetivos concretos de los sistemas de educación y formación", adoptada el 7 de septiembre de 2001, que la Comisión ha presentado como respuesta al mandato del Consejo Europeo de Estocolmo y que supone una valiosa contribución a la elaboración del informe conjunto que se presentará al Consejo para su adopción el 14 de febrero de 2002 y se transmitirá al Consejo Europeo de Barcelona;

Confirma:

Que la actuación ulterior al Informe adoptado el 12 de febrero de 2001 debería tener como objetivo ( 1):

- evaluar el cumplimiento de los objetivos señalados en el Informe, de modo que el Consejo de Educación pueda informar al Consejo Europeo siempre que se estime procedente;

- prestar apoyo para mejorar la concepción y la ejecución de la política de educación y formación en todos los niveles;

- promover un mayor desarrollo en la cooperación y el intercambio de buenas prácticas entre Estados miembros y mejorar así la eficacia de este trabajo.

Reconoce:

La creación por parte de la Comisión de tres grupos de trabajo para contribuir a la aplicación del método abierto de coordinación en tres de los objetivos conexos del Informe.

Destaca que:

La necesidad de crear una sinergia entre la actuación ulterior al Informe y las siguientes iniciativas:

(1) La Estrategia Europea de Empleo, la aplicación efectiva de los procesos de Luxemburgo y de Cardiff y las orientaciones generales de las políticas económicas;

(2) Los trabajos en curso del grupo de trabajo de alto nivel sobre capacitación y movilidad de la Comisión. Sobre la base de un informe que dicho grupo deberá presentar en el mes de diciembre de 2001, la Comisión preparará para el Consejo Europeo de Barcelona un plan de acción para abrir los mercados europeos de trabajo a todos para 2005;

(3) Las actividades en el marco de la evaluación de los progresos en materia de movilidad, que se inscribirán en la actuación ulterior a la Recomendación y el Plan de acción sobre movilidad;

(4) La comunicación que la Comisión presentará próximamente sobre la realización de un espacio europeo de educación y formación permanente, tras la consulta sobre el Memorándum sobre el aprendizaje permanente.

(5) El Plan de acción en materia de ciencia y sociedad que la Comisión presentará próximamente, elaborado como contribución a la creación del Espacio Europeo de Investigación a raíz de la invitación de los Ministros de Educación e Investigación, reunidos informalmente en Uppsala del 1 al 3 de marzo de 2001.

(6) La comunicación de la Comisión "Plan de Acción eLearning - Concebir la educación del futuro" de 28 de marzo de 2001, que viene a complementar el plan de acción global "eEurope" y está destinada a ser un elemento fundamental de la Estrategia Europea de Empleo.

Confirma:

Teniendo presente la orientación mundial de esta actuación ulterior, la actual situación internacional y sus repercusiones en la Unión Europea:

(1) El papel de la educación y la formación en la prevención de la discriminación, el racismo y la xenofobia en todos los ámbitos, así como el valor de la educación y la formación para promover el sentido de ciudadanía, la cohesión social, la tolerancia y el respeto de los derechos humanos;

(2) La voluntad de seguir promoviendo un espacio europeo abierto para la movilidad en la educación y la formación y, de esta forma, garantizar el acceso sin discriminaciones a la educación y la formación;

(3) El hecho de que la apertura a lo internacional es consustancial a la calidad y la pertinencia de la educación y la formación en Europa y a su competitividad y atractivo para el resto del mundo.

Acuerda que la actuación ulterior se basará en los siguientes principios:

(1) Corresponde al Consejo, los Estados miembros y la Comisión garantizar los resultados de la actuación ulterior, cada uno en sus respectivos ámbitos de competencia. Al Consejo, en cooperación con la Comisión le incumbe la responsabilidad de decidir los principales temas de los objetivos de educación y formación y cómo y cuándo se recurrirá a los indicadores, la revisión interpares, el intercambio de buenas prácticas y la evaluación comparativa;

(2) Los tres objetivos estratégicos concretos y los trece objetivos conexos del Informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación han de plasmarse en la práctica. En consecuencia, el informe de situación adjunto propone una serie de cuestiones clave en relación con dichos objetivos;

(3) Los instrumentos de cuantificación y demás técnicas de evolución de la ejecución de los distintos objetivos deberían determinarse con arreglo a criterios de pertinencia. La correcta aplicación del método abierto de coordinación a los distintos objetivos exige disponer de los conocimientos técnicos pertinentes para definir unos indicadores y otras técnicas de evaluación apropiados en el ámbito de la educación y la formación. La existencia de datos comparables constituye un requisito previo a la aplicación de indicadores y de evaluación comparativa.

(3bis) Aparte de los instrumentos de cuantificación antes mencionados y como referencia general, se puede apoyar la evaluación con métodos aplicados generalmente en el contexto de la cooperación internacional, entre otros con las encuestas, cambio de pareceres con expertos en un ámbito específico y proyectos piloto sobre la ejecución de un objetivo conexo particular del Informe.

(4) En el marco de la actuación ulterior, debe prestarse especial atención a los procesos en curso, a los conocimientos especializados existentes y a los instrumentos y redes de observación, todos los cuales tendrían que ser utilizados por los responsables políticos de forma más sistemática. También podría ser conveniente agrupar las actividades de seguimiento correspondientes a varias cuestiones clave.

(5) Habría que invitar a los países candidatos, a su debido tiempo, a participar en esta actuación ulterior.

Por lo que se refiere al calendario para el período 2001-2004, conviene en lo siguiente:

a) este calendario se propone en el contexto de la evolución general prevista de aquí a 2010, de la que se tratará en el informe conjunto que se presentará al Consejo Europeo en la primavera de 2002; el calendario previsto para los informes basados en los resultados de la actuación ulterior se incluirá en el informe al Consejo Europeo de Barcelona;

b) los trabajos correspondientes a todos los objetivos deberían iniciarse antes de 2004;

c) la actuación ulterior se dividirá en tres fases, según se indica en el calendario que se propone en el informe de situación adjunto; la fase uno ya ha dado comienzo;

d) durante el primer semestre de 2002 se iniciarán los trabajos en los cinco ámbitos siguientes:

- Mejorar la educación y la formación de profesores y formadores (objetivo 1.1)

- Aprovechar al máximo los recursos (objetivo 1.5)

- Promoción de la ciudadanía activa, la igualdad de oportunidades y la cohesión social (objetivo 2.3)

- Aumentar la movilidad y los intercambios (objetivo 3.4)

- Reforzar la cooperación europea (objetivo 3.5)

e) en 2004 se llevará a cabo una evaluación de los progresos realizados;

EL CONSEJO INVITA A LA COMISIÓN, en el contexto de su labor conjunta consecutiva al informe sobre los objetivos de los sistemas de educación y formación en Europa, a que le informe regularmente de sus actividades en este ámbito, en especial de la labor de sus grupos de trabajo."

COOPERACIÓN CON TERCEROS PAÍSES EN MATERIA DE ENSEÑANZA SUPERIOR

El Consejo ha atendido a una presentación por parte de la Comisaria REDING de la Comunicación de la Comisión de 18 de julio de 2001, relativa al refuerzo de la cooperación con terceros países en materia de enseñanza superior. Esta comunicación tiene por objeto iniciar y fomentar el debate sobre los medios necesarios para desarrollar intercambios universitarios con terceros países y promover el lugar que debe ocupar Europa en un mundo globalizado.

El Consejo ha procedido a un intercambio de pareceres en el que los Estados miembros han mostrado en general una actitud positiva ante la Comunicación y las propuestas de la Comisión de establecer redes de enseñanza superior con terceros países y convertir Europa en un polo de educación atractivo. Acogieron también favorablemente la propuesta de la Comisión de ampliar el programa TEMPUS - que constituye el marco de la cooperación en el ámbito de la enseñanza superior con los países no asociados de Europa Central y Oriental y los nuevos Estados independientes de la antigua Unión Soviética y Mongolia - a los países no europeos del Mediterráneo.

AÑO EUROPEO DE LA EDUCACIÓN POR EL DEPORTE 2004

El Consejo ha tomado nota de la presentación por parte de la Comisaria REDING de la propuesta de Decisión de 16 de octubre de 2001 por la que se establece el Año europeo de la educación por el deporte 2004.

Con esta propuesta, la Comisión trata de resaltar los valores educativos del deporte y concede importancia al año 2004, en que se celebrarán también los Juegos Olímpicos de verano en Atenas. La propuesta prevé la puesta en práctica de acciones comunitarias y nacionales encaminadas a fomentar la cooperación entre instituciones educativas y organizaciones deportivas y a integrar mejor la práctica del deporte y la transmisión de sus valores en el marco docente.

JUVENTUD

LIBRO BLANCO SOBRE LA JUVENTUD

El Consejo ha celebrado un debate público, seguido en directo por el público interesado y los medios de comunicación, acerca del "Libro Blanco sobre la juventud" que adoptó la Comisión el 21 de noviembre de 2001. El Consejo ha tomado nota asimismo de la información facilitada por la Presidencia sobre el coloquio que organizó en Gante en vísperas del Consejo (del 26 al 28 de noviembre). Este coloquio reunió participantes de los Estados miembros de la Unión Europea y de los países candidatos (expertos, representantes de ONG, de los jóvenes y de las administraciones) y permitió un primer intercambio de pareceres sobre el Libro Blanco con objeto de estudiar la forma que podría adoptar la futura política sobre la juventud. En este contexto, la Presidencia ha comunicado asimismo a los Ministros la declaración de los jóvenes a raíz del coloquio.

El Presidencia ha clausurado el debate con las siguientes observaciones:

- el debate ha mostrado la actitud muy positiva de los miembros del Consejo para con el Libro Blanco,

- el Consejo ha saludado unánimemente el planteamiento desde la base utilizado en la preparación del Libro Blanco, con una fuerte implicación de los propios jóvenes,

- varios Ministros respaldaron expresamente la propuesta de una mayor consideración de las inquietudes de los jóvenes en el marco de las demás políticas sectoriales,

- los Ministros han subrayado la importancia de tener en cuenta el punto de vista de los jóvenes y de permitirles participar más, tanto a nivel de la Unión Europea como en la sociedad en general,

- se ha considerado asimismo como un elemento importante la lucha contra la xenofobia,

- en lo que se refiere a los métodos de puesta en práctica propuestos por la Comisión, algunos Ministros han considerado que el método abierto de coordinación es una fórmula útil, otros han destacado que ante todo había que actuar a nivel local o regional,

- se ha expresado la voluntad de realizar un debate más detallado y varios Ministros han intervenido para manifestarse a favor de la celebración de un Consejo "Juventud" suplementario, bajo Presidencia española (en el mes de febrero), con el fin de acelerar los trabajos sobre la futura política de juventud de la Unión Europea.

El Presidente ha informado al Consejo de que iba a transmitir estas conclusiones al Presidente del Consejo Europeo con vistas a la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de Laeken del 14 y 15 de diciembre.

Principales características del Libro Blanco sobre la juventud

La Comisión adoptó el Libro Blanco el pasado 21 de noviembre tras un largo periodo de consultas que se inició en noviembre de 1999 y fue objeto de una fuerte implicación de los jóvenes. Con su Libro Blanco, la Comisión tiene intención de proponer un marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud. Desea asimismo reaccionar frente al desinterés que muestran los jóvenes por las formas tradicionales de participación en la vida pública.

La Comisión propone actuar a dos niveles: por una parte, mediante el refuerzo de la cooperación entre los Estados miembros y por otra, mediante una mayor consideración de los jóvenes en las políticas sectoriales.

Con respecto al primer capítulo, la Comisión propone ampliar el método abierto de coordinación que ya se aplica en las políticas de empleo y educación, al ámbito de la juventud. En el marco de este método de trabajo, propone escoger los siguientes temas prioritarios: la renovación de las formas de participación de los jóvenes en la vida pública, la información de los jóvenes sobre los temas europeos y la promoción del voluntariado.

En lo referente al segundo capítulo, la Comisión propone que las necesidades específicas de los jóvenes se tengan más en cuenta en las políticas sectoriales como las de empleo, integración social, educación y formación, cuestiones sociales, inmigración, protección de los consumidores, salud y medio ambiente, tanto a nivel comunitario como en las políticas nacionales.

VOLUNTARIADO JUVENIL - Resolución

El Consejo y los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, han adoptado una Resolución, que se recoge a continuación, sobre el valor añadido del voluntariado juvenil en el marco del desarrollo de la acción comunitaria en materia de juventud.

La Resolución se inspira entre otras fuentes en el hecho de que 2001 haya sido declarado "Año Internacional de los Voluntarios" por las Naciones Unidas. El Presidente del Consejo ha indicado que remitirá esta resolución a la ONU para el 5 de diciembre, fecha de la ceremonia final del Año Internacional de los Voluntarios.

"EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO:

CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:

1. El Tratado establece que la acción de la Comunidad se encaminará a favorecer el incremento de los intercambios de jóvenes y de animadores socioeducativos.

2. Mediante la Decisión n.º 1031/2000/CE de 13 de abril de 2000, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el programa de acción comunitario "Juventud", que está teniendo un éxito creciente en todos los Estados miembros e incluye un importante capítulo dedicado al servicio voluntario europeo, en el que se define claramente el voluntariado transnacional.

3. En las recomendaciones de la Conferencia que se celebró en Umeå del 16 al 18 de marzo de 2001 sobre la posición de los jóvenes en Europa, y que fue organizada por la Presidencia Sueca y por la Comisión, se destacó la importancia de conceder al voluntariado juvenil un lugar bien definido a nivel europeo.

4. Las Naciones Unidas declararon el año 2001 Año Internacional de los Voluntarios.

5. En las conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa de 23 y 24 de marzo de 2000 se declara que la Unión Europea precisa de una estrategia global dirigida a la preparación de la transición a una sociedad y una economía basadas en el conocimiento y que, por lo tanto, conviene adaptar las pautas existentes en el ámbito del aprendizaje y del trabajo.

6. El memorándum de la Comisión sobre el aprendizaje permanente, de 30 de octubre de 2000, y los trabajos preparatorios de la Comisión con vistas a su comunicación sobre el mismo tema revisten particular importancia. Durante las conversaciones de trabajo celebradas en los últimos semestres se prestó claramente atención al valor añadido del aprendizaje informal y no formal que genera el trabajo voluntario.

7. En la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de 14 de diciembre de 2000 relativa a la integración social de los jóvenes se invita a la Comisión y a los Estados miembros, en sus respectivas esferas de competencias, a que estudien objetivos de trabajo en común que tengan como finalidad desarrollar para todos los jóvenes que residan legalmente en un Estado miembro las condiciones de una participación plena en la vida económica y social.

8. El plan de acción sobre movilidad, aprobado por el Consejo Europeo de Niza, y la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilidad en la Comunidad de los estudiantes, las personas en formación, los jóvenes voluntarios, los profesores y los formadores, aprobada el 10 de julio de 2001, mencionan una serie de medidas de fomento de la movilidad; más concretamente, el Parlamento y el Consejo señalan en la Recomendación que los Estados miembros deberán adoptar las medidas que consideren adecuadas para eliminar obstáculos a la movilidad de los voluntarios.

9. En la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de 28 de junio de 2001, sobre "el Fomento de la capacidad de iniciativa, el espíritu empresarial y la creatividad de los jóvenes: de la exclusión a la participación", se destaca la importancia de un entorno creativo como valiosa fuente de apoyo para sus aspiraciones.

10. En la declaración n.° 38 sobre las actividades de voluntariado, anexa al Acta final del Tratado de Amsterdam, se reconoce la importante contribución de las actividades del voluntariado para desarrollar la solidaridad social y se dispone que la Comunidad estimulará la dimensión europea de las organizaciones de voluntariado, poniendo un énfasis particular en el intercambio de información y experiencia, así como en la participación de los jóvenes y de las personas mayores en el trabajo voluntario.

CONSTATAN Y RECONOCEN QUE

1. En todos los Estados miembros de la Comunidad Europea numerosos jóvenes desempeñan actividades de voluntariado de diversa índole. Aunque existen diferencias entre los Estados miembros, en todos ellos los jóvenes representan una parte importante del total de voluntarios que en la Comunidad Europea participan activamente en iniciativas, en proyectos y en organizaciones no gubernamentales de carácter predominantemente social y humanitario y a favor de una sociedad democrática y de un desarrollo sostenible.

2. Diversas formas de voluntariado juvenil, incluso en el contexto del servicio voluntario europeo del programa "Juventud" de la UE, entrañan un valor añadido porque:

- transmiten valores universales en materia de derechos humanos, democracia, antirracismo, solidaridad y desarrollo sostenible;

- propician la participación social, el compromiso voluntario y una ciudadanía activa y refuerzan la sociedad civil en todos los niveles;

- propician la integración social de los jóvenes, contribuyen al desarrollo de la creatividad, el espíritu emprendedor y la innovación social de los jóvenes.

3. Las actividades de voluntariado brindan a los jóvenes la oportunidad de desarrollar una serie de posibilidades en el ámbito personal y profesional, y de esta forma contribuyen a aumentar su disponibilidad de cara al empleo y a su participación en la sociedad en general.

4. Las organizaciones y los proyectos vinculados a los jóvenes tienen un potencial importante en tanto que entorno de aprendizaje informal y no formal para los jóvenes y, además, gracias a su diversidad, contribuyen a la realización de un aprendizaje permanente a lo largo de toda la vida, en todos sus aspectos.

5. Las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones juveniles y todas las demás organizaciones activas en el ámbito del voluntariado juvenil desempeñan un papel específico como entorno en que se plasma dicho voluntariado, tanto a nivel local como nacional y europeo.

6. Los voluntarios juveniles desempeñan por sí mismos un importante papel en el desarrollo y ejecución de proyectos en el marco de diversas acciones del Programa Comunitario "Juventud".

INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE

Tomen las medidas que consideren necesarias para suprimir los obstáculos legales y administrativos a fin de ofrecer todas las oportunidades al voluntariado juvenil en un contexto nacional e internacional.

Eviten que el voluntariado juvenil tenga por efecto la restricción del empleo remunerado potencial o existente o su substitución.

INVITAN A LA COMISIÓN Y A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, EN SUS RESPECTIVAS ESFERAS DE COMPETENCIA,

1. Tomen medidas para reforzar y seguir desarrollando el papel del voluntariado juvenil, inspirándose, si procede, en los objetivos estratégicos formulados por las Naciones Unidas en el marco del Año Internacional de los Voluntarios.

2. Elaboren una política en relación con el voluntariado juvenil e intensifiquen la cooperación europea en este ámbito, recurriendo a los siguientes elementos que se derivan de los objetivos estratégicos de la Resolución de las Naciones Unidas por la que se declara el año 2001 Año Internacional de los Voluntarios:

- la accesibilidad y el fomento de la información sobre el voluntariado, con vistas a impulsar una imagen positiva del voluntariado;

- el reconocimiento y el respaldo al voluntariado, en particular por las autoridades de todos los niveles, la opinión pública, los medios de comunicación, el sector comercial, el empresariado y la sociedad civil;

- el respaldo al voluntariado a través de incentivos y mediante la formación de los voluntarios, de sus tutores y sus asociaciones;

- la creación de redes entre los protagonistas implicados, prestando especial atención a la perspectiva de los propios jóvenes;

- la calidad en relación con el voluntariado juvenil, teniendo en cuenta los aspectos sanitarios y de seguridad.

3. Reconozcan la importancia de las experiencias adquiridas en el marco del voluntariado juvenil y recapitulen e intercambien las buenas prácticas en dicho ámbito.

4. Respalden a todos los protagonistas implicados en la realización del voluntariado juvenil.

5. Brinden a los jóvenes un acceso más fácil al voluntariado y eviten cualquier forma de exclusión o discriminación social.

6. Fomenten la investigación sobre el voluntariado juvenil apoyándola mediante un seguimiento periódico de la evolución sobre el terreno y mediante decisiones políticas adecuadas.

7. Impliquen en la formulación y ejecución de la política de respaldo al voluntariado juvenil a las organizaciones no gubernamentales, a las asociaciones juveniles y todas las demás organizaciones que realicen actividades en el ámbito del voluntariado juvenil, así como a los propios voluntarios juveniles. Ello debe hacerse en una atmósfera de participación y con aprovechamiento de la experiencia de los voluntarios y de sus asociaciones.

8. Integren estos objetivos y medidas políticas en las actividades que puedan resultar del "Libro Blanco de la Juventud" publicado por la Comisión Europea.

INVITAN A LA COMISIÓN

1. A que desarrolle sinergias entre las iniciativas de la Comunidad Europea, del Consejo de Europa y de otras organizaciones internacionales, tanto en el plano estratégico como operativo.

2. A que tenga en cuenta la importante contribución de los voluntarios juveniles a las actividades del Programa "Juventud" y a que se examine, a la hora de evaluar y seguir desarrollando el programa, el modo de seguir alentando el voluntariado juvenil.

*

* *

Expresan el deseo de que la presente resolución contribuya al desarrollo de la política de cooperación en el ámbito de la juventud, con arreglo al principio de subsidiariedad, en particular mediante el reconocimiento de las ventajas del voluntariado realizado con y por los jóvenes."

"LA JUVENTUD CON EUROPA" Y "SERVICIO VOLUNTARIO EUROPEO"

El Consejo ha tomado nota de la presentación por parte de la Comisaria REDING del informe de evaluación de 9 de octubre de 2001 sobre los programas "La juventud con Europa" y "Servicio voluntario europeo". Ambos programas precedieron al actual programa "Juventud", que recoge su contenido y lo amplía.

El programa "La juventud con Europa" se extendió durante el período 1995-1999 y estuvo dotado de un presupuesto total de 126 millones de ecus. El programa "Servicio voluntario europeo" se aplicó en 1998 y 1999 y contó con un importe financiero de 35 millones de ecus.

VARIOS

- Conferencia europea "La juventud con la tolerancia y la democracia"

El Consejo ha tomado nota de un informe de la Delegación alemana sobre la Conferencia europea "La juventud con la tolerancia y la democracia", que se organizó con el apoyo de la Comisión y se celebró en Berlín del 20 al 23 de octubre de 2001. Esta Conferencia, que reunió a más de 100 jóvenes procedentes de 31 países, dio lugar a una declaración final.

-

Juventud Euromed II

La Comisión ha informado al Consejo sobre el inicio de la segunda fase del programa "Juventud Euromed". Este programa es la continuación de un primer programa iniciado en 1998 y en cuyo marco se desarrollaron acciones de intercambio de jóvenes y actividades de voluntariado con los países del área mediterránea. El objetivo del nuevo programa "Juventud Euromed", que cubre el período 2002-2004 con un presupuesto de 14 millones de euros (lo que representa un aumento del 40%), es intensificar los encuentros entre los jóvenes, apoyar las organizaciones relacionadas con la juventud y aumentar el número y la calidad de los proyectos.

- Actividades de la Presidencia en materia de educación

El Consejo ha tomado nota de una información de la Presidencia en relación con diversas actividades que se han desarrollado en el transcurso del segundo trimestre de 2001.

ANEXO I

INFORME DE SITUACIÓN

PROGRAMA DE TRABAJO DETALLADO PARA LA REALIZACIÓN

DE LOS TRECE OBJETIVOS CONEXOS

Objetivo estratégico 1

MEJORAR LA CALIDAD Y LA EFICACIA DE LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN

Y FORMACIÓN EN LA UE

OBJETIVO CONEXO 1.1 – MEJORAR LA EDUCACIÓN Y LA FORMACIÓN DE PROFESORES Y FORMADORES

A. Cuestiones clave

1. Crear las condiciones que permitan prestar el apoyo adecuado a los profesores y formadores para que puedan responder a las exigencias de la sociedad del conocimiento, en particular a través de la formación inicial y la formación continua, dentro de la perspectiva de la educación permanente

2. Determinar qué cualificaciones deberían poseer los profesores y formadores a la luz de la transformación de su papel en la sociedad del conocimiento

3. Garantizar un número suficiente de nuevos docentes en todas las asignaturas y niveles educativos, y prever las necesidades a largo plazo de la profesión, aumentando el atractivo de la profesión docente.

4. Atraer a la profesión docente a profesionales con experiencia en otros sectores

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: en 2002 (2ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

- Actividades (seminarios, estudios) de la Red Europea de Políticas de Formación de Profesores (REPFP)

- La encuesta Eurydice sobre el profesorado (enseñanza y la profesión docente), iniciada en 2001, constituirá una fuente importante de información basada en datos cuantitativos y cualitativos (el informe final está previsto para finales de 2002)

- Actividades del CEDEFOP dentro de la red de profesores y formación

c. Metas específicas ya acordadas: -

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 3

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave n.os 1, 2, 4

OBJETIVO CONEXO 1,2 – DESARROLLAR LAS APTITUDES NECESARIAS PARA LA SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

A. Cuestiones clave

1. Definir nuevas capacidades básicas y determinar el mejor modo de integrarlas, junto con las capacidades básicas tradicionales, en los programas de estudios, adquirirlas y mantenerlas

2. Garantizar que todo el mundo tenga realmente acceso a las capacidades básicas, incluidos los alumnos desfavorecidos, los que tienen necesidades especiales, los que abandonan el sistema escolar y los estudiantes adultos

3. Fomentar la validación oficial de las capacidades básicas

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: segundo semestre de 2001 (1ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa): En septiembre de 2001 se creó el grupo de trabajo de la Comisión sobre las capacidades básicas

c. Metas específicas ya acordadas:

Reducir a la mitad, de aquí a 2010, el número de jóvenes de 18 a 24 años que no hayan seguido más que el primer ciclo de enseñanza secundaria (Directrices para el empleo 2001, nº 4)

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 2

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave n.ºs 1, 2, 3

OBJETIVO CONEXO 1.3 - GARANTIZAR EL ACCESO DE TODOS A LAS TIC

A. Cuestiones clave

1. Facilitar equipos y programas informáticos educativos adecuados para poder utilizar mejor las TIC y el aprendizaje por medios electrónicos en la enseñanza y la formación

2. Promover la mejor utilización posible de las técnicas de enseñanza y aprendizaje innovadoras basadas en las TIC

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: segundo semestre de 2001 (1ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

- En octubre de 2001 se creó el grupo de trabajo de la Comisión sobre las TIC

- Iniciativas sobre aprendizaje por medios electrónicos y Plan de acción eLearning de la Comisión

- Encuestas Eurydice:

-- ICT@Europe.edu: Tecnologías de la información y las comunicaciones en los sistemas educativos europeos (2001)

-- Sistemas de tecnología de la información y las comunicaciones en Europa. Políticas educativas nacionales, planes de estudio, formación del profesorado (2000)

c. Metas específicas ya acordadas:

Que todas las escuelas tengan acceso a Internet y a los recursos multimedios antes de terminar el año 2001 (Directrices para el empleo 2001, nº 5) (Directrices para el empleo 2000-2001, n.º 5)

Que todos los profesores necesarios cuenten con las competencias necesarias para el uso de estas tecnologías al término del año 2002, a fin de que puedan impartir a todos los alumnos una amplia alfabetización informática (Directrices para el empleo 2001, nº 5)

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 1

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestión clave nº 2

OBJETIVO CONEXO 1.4 – AUMENTAR LA MATRICULACIÓN EN LOS ESTUDIOS

CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS

A. Cuestiones clave

1. Hacer crecer el interés por las matemáticas, la ciencia y la tecnología desde los primeros años

2. Motivar a un mayor número de jóvenes para que elijan estudios y carreras en los ámbitos de las matemáticas, las ciencias o la tecnología, en particular carreras de investigación y disciplinas científicas donde hay escasez de personas cualificadas, a corto o medio plazo

3. Aumentar el equilibrio entre mujeres y hombres que estudian matemáticas, ciencias o tecnología

4. Conseguir disponer de un número suficiente de profesores cualificados en matemáticas y en las disciplinas científicas y técnicas

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: segundo semestre de 2001 (1ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

- En septiembre de 2001, se creó el grupo de trabajo de la Comisión sobre MCT.

- Informes de situación de la Comunicación de la Comisión "Hacia un espacio europeo de investigación"

c. Metas específicas ya acordadas: -

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestiones clave n.ºs 2, 3, 4

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestión clave nº 1

OBJETIVO CONEXO 1.5 – APROVECHAR AL MÁXIMO LOS RECURSOS

A. Cuestiones clave

1. Aumentar la inversión en recursos humanos, garantizando a la vez una distribución equitativa y eficaz de los recursos disponibles, con el fin de posibilitar un acceso generalizado a la educación y la formación y mejorar la calidad de las mismas

2. Apoyar el desarrollo de sistemas de aseguramiento de la calidad compatibles, respetando la diversidad europea

3. Desarrollar las posibilidades de las asociaciones entre sector público y privado

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: en 2002 (2ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

- Las actividades habrán de llevarse a cabo primero a nivel nacional (regional e incluso local), puesto que la valoración del aprovechamiento máximo de los recursos depende en gran manera de las circunstancias socioeconómicas y culturales concretas. Este objetivo es de carácter horizontal, lo que significa que acompañará a la ejecución de todos los demás objetivos desde una perspectiva general. Se ha señalado también que algunas cuestiones se prestan a una cooperación internacional que no sea exclusivamente comunitaria (por ejemplo, la OCDE).

- Red existente: ENQA

c. Metas específicas ya acordadas:

Un incremento anual considerable de la inversión per cápita en recursos humanos (Conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa, apartado 26).

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 1

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave n.ºs 1, 2, 3

 

Objetivo estratégico 2

FACILITAR EL ACCESO DE TODOS A LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN

OBJETIVO CONEXO 2.1 – UN ENTORNO DE APRENDIZAJE ABIERTO

A. Cuestiones clave

1. Ampliar el acceso a la educación permanente, informando, asesorando y orientando respecto de toda la gama de posibilidades de formación disponibles

2. Impartir una educación y una formación que permitan a los adultos tomar parte en ellas de manera efectiva y conciliar el aprendizaje con otras responsabilidades y actividades

3. Velar por que todo el mundo tenga acceso al aprendizaje, con el fin de responder mejor a las exigencias de la sociedad del conocimiento

4. Potenciar vías de formación flexible para todos

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: entre la segunda mitad de 2002 y finales de 2003 (3ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

Las actividades deberían emprenderse en conexión con el Memorándum de la Comisión sobre el aprendizaje permanente y en combinación con las actividades del objetivo 2.2.

c. Metas específicas ya acordadas: -

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestiones clave nº 2, 3

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave nº 1, 4

OBJETIVO CONEXO 2.2 – HACER EL APRENDIZAJE MÁS ATRACTIVO

A. Cuestiones clave

1. Alentar a los jóvenes a permanecer en el sistema de educación o formación una vez finalizada la enseñanza obligatoria, y motivar y capacitar a los adultos para que sigan aprendiendo en edades más avanzadas.

2. Establecer procedimientos de validación oficial de las iniciativas de educación informal

3. Hallar formas de hacer más atractivo el aprendizaje dentro y fuera de los sistemas formales de educación y formación

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: entre la segunda mitad de 2002 y finales de 2003 (3ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

Las actividades deberían emprenderse en conexión con el Memorándum de la Comisión sobre el aprendizaje permanente y en combinación con las actividades del objetivo 2.1.

c. Metas específicas ya acordadas:

Reducir a la mitad, de aquí a 2010, el número de jóvenes de 18 a 24 años que no hayan seguido más que el primer ciclo de enseñanza secundaria y no prosigan sus estudios o su formación (Directrices para el empleo 2001, nº 4)

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 1

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave n.ºs 1, 2, 3

OBJETIVO CONEXO 2.3 – PROMOCIÓN DE LA CIUDADANÍA ACTIVA, LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y LA COHESIÓN SOCIAL

A. Cuestiones clave

1. Velar por que entre la comunidad escolar se promueva realmente el aprendizaje de los valores democráticos y de la participación democrática, con el fin de preparar a los individuos a la ciudadanía activa

2. Integrar plenamente los aspectos relacionados con la igualdad de oportunidades en los objetivos y el funcionamiento de la educación y la formación

3. Garantizar que las personas más desfavorecidas o que actualmente tengan mayores dificultades tengan un acceso equitativo a la adquisición de capacidades y motivarlas para que tomen parte en el aprendizaje

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: en 2002 (2ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

- Actuación ulterior al Consejo Europeo de Lisboa (inclusión social)

c. Metas específicas ya acordadas:

Reducir a la mitad, de aquí a 2010, el número de jóvenes de 18 a 24 años que no hayan seguido más que el primer ciclo de enseñanza secundaria y no prosigan sus estudios o su formación (Directrices para el empleo 2001, nº 4)

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 3

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave n.ºs 1, 2, 3

 

Objetivo estratégico 3

ABRIR LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN AL MUNDO EXTERIOR

OBJETIVO CONEXO 3.1 – REFORZAR LOS LAZOS CON LA VIDA LABORAL Y LA INVESTIGACIÓN, Y CON LA SOCIEDAD EN GENERAL

A. Cuestiones clave

1. Promover una estrecha cooperación entre los sistemas de educación y formación y la sociedad en general

2. Establecer asociaciones entre escuelas, centros de formación, empresas y centros de investigación de todo tipo, para su mutuo beneficio ( 2)

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: entre la segunda mitad de 2002 y finales de 2003 (3ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

Muchas de las actividades deberán emprenderse ante todo a nivel local, dada la influencia del contexto socioeconómico concreto, con la participación de todos los interesados, incluidos los interlocutores sociales.

c. Metas específicas ya acordadas: -

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestiones clave nº 1, 2

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave nº 1, 2

OBJETIVO CONEXO 3.2 – DESARROLLAR EL ESPÍRITU DE EMPRESARIAL

A. Cuestiones clave

1. Fomentar el sentido de la iniciativa y la creatividad en todo el sistema de educación y formación a fin de desarrollar el espíritu empresarial

2. Facilitar la adquisición de las cualificaciones necesarias para crear y dirigir un negocio ( 3)

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: entre la segunda mitad de 2002 y finales de 2003 (3ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

Puede que no sea necesario establecer una actuación ulterior independiente para este objetivo, ya que los trabajos podrían integrarse en la relativa a las capacidades básicas (objetivo 1.2, con comienzo en el segundo semestre de 2001).

c. Metas específicas ya acordadas:

Fomentar la educación en el espíritu empresarial y la actividad por cuenta propia (Directrices para el empleo 2001, nº 9)

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): -

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave nº 1, 2

OBJETIVO CONEXO 3.3 – MEJORAR EL APRENDIZAJE DE IDIOMAS

A. Cuestiones clave

1. Animar a cada persona a aprender dos o, si procede, más lenguas además de la materna, y concienciar de la importancia del aprendizaje de idiomas a todas las edades.

2. Animar a las escuelas y centros de formación a que empleen métodos de enseñanza y formación eficaces y motiven a sus alumnos para que sigan estudiando idiomas en etapas posteriores de su vida

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: entre la segunda mitad de 2002 y finales de 2003 (3ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

Actividades consecutivas al Año Europeo de las Lenguas, en cooperación con el Consejo de Europa. Para principios de 2003, la Comisión elaborará propuestas encaminadas a promocionar la diversidad lingüística y el aprendizaje de idiomas, garantizando a la vez la coherencia con la aplicación del Informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación.

c. Metas específicas ya acordadas:

Los alumnos deberían tener, como norma general, la posibilidad de aprender dos lenguas de la Unión distintas de la o las lenguas maternas durante un período mínimo de dos años consecutivos durante la escolaridad obligatoria, y, si fuera posible, un período más largo (Resolución del Consejo de 31 de marzo de 1995)

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 1

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave nº 1, 2

OBJETIVO CONEXO 3.4 – INCREMENTAR LA MOVILIDAD Y LOS INTERCAMBIOS

A. Cuestiones clave

1. Ofrecer el máximo acceso a la movilidad, tanto a las personas como a las instituciones de educación y formación, incluidas las que trabajan con los menos privilegiados, e ir eliminando los obstáculos a la movilidad que aún persisten

2. Controlar el volumen, la dirección, los índices de participación y los aspectos cualitativos de los flujos de movilidad en Europa

3. Facilitar la validación y el reconocimiento de las competencias adquiridas gracias a la movilidad

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: en 2002 (2ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

- Programas comunitarios de movilidad: Sócrates, Leonardo y Juventud, y apoyo de la UE a la movilidad de los investigadores

- Grupo de trabajo de alto nivel sobre capacitación y movilidad de la Comisión

- Creación de un Grupo de trabajo de la Comisión que supervise la ejecución del plan de acción sobre la movilidad (propuesto en el Consejo Europeo de Niza) y de la recomendación sobre el mismo tema

c. Metas específicas ya acordadas:

Conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa: conclusión n.º 13 sobre la movilidad de los investigadores, y punto 26 sobre la movilidad de estudiantes, profesores y personal de formación e investigación

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestiones clave nº 1, 2

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave n.ºs 1, 2, 3

OBJETIVO CONEXO 3.5 – REFORZAR LA COOPERACIÓN EUROPEA

A. Cuestiones clave

1. Mejorar la eficacia y la oportunidad de los procedimientos de reconocimiento a efectos de ampliación de estudios, formación y empleo en toda Europa

2. Promover la cooperación entre los organismos y autoridades competentes con vistas a una mayor compatibilidad en el aseguramiento de la calidad y la certificación

3. Fomentar la transparencia de la información acerca de las posibilidades y los sistemas de educación y formación con vistas a la creación de un espacio educativo europeo abierto

B. Organización de la actuación ulterior

a. Fecha de inicio de las actividades: en 2002 (2ª fase)

b. Actividades en curso o para el futuro (Lista indicativa):

Al ser un objetivo horizontal, afecta a la realización de todos los objetivos y actividades del propio Consejo de Educación. Es preciso buscar una sinergia con otras actividades, en especial con las relacionadas con la transparencia, el reconocimiento y el aseguramiento de la calidad (Europass, NARIC/ECTS y ENQA), así como con las que se desarrollan fuera del contexto comunitario como el proceso de Bolonia o el Convenio sobre reconocimiento de cualificaciones relativas a la educación superior en la región europea (Convenio de Lisboa sobre el reconocimiento).

c. Metas específicas ya acordadas: -

d. Cuestiones clave en las que podrían utilizarse instrumentos de evaluación cuantitativa (Lista indicativa): Cuestión clave nº 1

e. Cuestiones clave para las cuales están especialmente indicados los procedimientos cualitativos, entre ellos el intercambio de buenas prácticas (Lista indicativa): Cuestiones clave n.ºs 1, 2, 3

o

o o

CALENDARIO PARA EL COMIENZO DE LAS ACTUACIONES ULTERIORES

CORRESPONDIENTES A LOS OBJETIVOS CONEXOS

 

Fase nº 1 (inicio: 2º semestre de 2001)

Objetivo 1.2 - Desarrollar aptitudes para la sociedad del conocimiento

Objetivo 1.3 - Garantizar el acceso de todos a las TIC

Objetivo 1.4 - Aumentar la matriculación en los estudios científicos y técnicos

Fase nº 2 (inicio: en 2002)

Objetivo 1.1 - Mejorar la educación y la formación de profesores y formadores

Objetivo 1.5 - Aprovechar al máximo los recursos

Objetivo 2.3 - Promoción de la ciudadanía activa, la igualdad de oportunidades y la cohesión social

Objetivo 3.4 - Incrementar la movilidad y los intercambios

Objetivo 3.5 - Reforzar la cooperación europea

Fase nº 3 (inicio: entre la segunda mitad de 2002 y finales de 2003)

Objetivo 2.1 - Un entorno de aprendizaje abierto

Objetivo 2.2 - Hacer el aprendizaje más atractivo

Objetivo 3.1 - Reforzar los lazos con la vida laboral y la investigación, y con la sociedad en general

Objetivo 3.2 - Desarrollar el espíritu empresarial

Objetivo 3.3 - Mejorar el aprendizaje de idiomas

 

________________________

 

PUNTOS ADOPTADOS SIN DEBATE

Los documentos de los que se da referencia están disponibles en el sitio Internet del Consejo (http://ue.eu.int). Los actos adoptados sobre los que se han formulado declaraciones accesibles al público se señalan con un asterisco; esas declaraciones pueden obtenerse por el procedimiento indicado o acudiendo al Servicio de Prensa.

RELACIONES EXTERIORES

Misión de Observación de la Unión Europea (MOUE)

El Consejo ha adoptado:

· una Acción Común por la que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2002 el mandato de la Misión de Observación de la Unión Europea (doc. 13764/01).

El objetivo primordial de la Misión consiste en contribuir de manera flexible a la elaboración efectiva de la política de la Unión para los Balcanes Occidentales, recopilando información y realizando análisis de acuerdo con las orientaciones recibidas del Secretario General, Alto Representante y del Consejo.

Para ello, la MOUE deberá, en particular:

a) observar la evolución de la situación política y de seguridad en el ámbito de su competencia;

b) prestar una especial atención al control de las fronteras, a los problemas interétnicos y al retorno de los refugiados;

c) elaborar informes analíticos sobre la base de los cometidos que le hayan sido encomendados;

d) contribuir al sistema de alerta rápida del Consejo y al fomento de la confianza, en el marco de la política de estabilización que realiza la Unión en esa región.

· una Decisión por la que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2002 el mandato de D. Antóin MAC UNFRAIDH como Jefe de la Misión de Observación de la Unión Europea doc. 14466/01).

Albania – armas ligeras y de pequeño calibre

El Consejo ha adoptado una Decisión del Consejo por la que se aplica la acción común 1999/34/PESC con vistas a una contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre en Albania.

La Decisión prevé una contribución de la Unión Europea, cifrada en 550.000 euros, al proyecto elaborado en el marco del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) (programa de control de las armas ligeras y de pequeño calibre en Albania), destinado a convencer a la población de entregar voluntariamente las armas que obran en su poder con carácter privado, subrayando la importancia del desarme para la estabilidad y el desarrollo, e informando sobre la legislación aplicable y la política gubernamental de recogida y control de las armas pequeñas.

UE-Rusia – Quinta reunión del Comité de Cooperación

El Consejo ha adoptado la posición de la Unión Europea ante la Quinta reunión del Comité de Cooperación que se celebrará en Bruselas el 30 de noviembre de 2001.

JUSTICIA, ASUNTOS DE INTERIOR Y PROTECCIÓN CIVIL

Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción

El Consejo ha adoptado la Posición Común relativa a las negociaciones en las Naciones Unidas con vistas a la elaboración de una Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción.

TRANSPARENCIA

Acceso del público a los documentos – modificación del reglamento interno del Consejo

El Consejo ha adoptado una Decisión por la que se incorporan a su Reglamento interno disposiciones específicas con vistas a la aplicación, a partir del 3 de diciembre de 2001, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (doc. 13465/01). El objetivo de este Reglamento es permitir el ejercicio más completo posible del derecho de acceso del publico a los documentos de las tres Instituciones antes mencionadas, y en él se definen los principios generales y los límites con arreglo al apartado 2 del artículo 255 del Tratado.

AGRICULTURA

Productos alimenticios - contenido máximo de determinados contaminantes*

El Consejo ha adoptado una serie de modificaciones del Reglamento (CE) n.º 466/2001 de la Comisión por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios (doc. 14401/01 + 14513/01 ADD 1 + ADD 2). El objetivo del presente Reglamento, que forma parte integrante de una estrategia global y tiene en cuenta un dictamen del Comité científico de la alimentación humana, es reducir la presencia de dioxinas en los alimentos en toda la Comunidad Europea.

En el Reglamento se establece el añadido de una sección 5 al Anexo; al final de este documento se recoge el cuadro correspondiente.

El Reglamento establece también algunos límites (hasta el 31 de diciembre de 2006) para las excepciones respecto de la comercialización en Suecia y Finlandia de pescado originario del mar Báltico cuyo contenido de dioxina sea superior al que se fija en el punto 5.2. de la sección 5 del Anexo I del Reglamento. Asimismo, el Reglamento establece disposiciones para la revisión de esta excepción.

Por otra parte, el Reglamento establece la prohibición de mezclar productos que cumplan los contenidos máximos con productos que superen dichos contenidos máximos, así como de utilizar productos no conformes con los contenidos máximos como ingrediente para la fabricación de otros productos alimenticios.

Por último, el reglamento establece que la Comisión deberá revisar la sección 5 del Anexo I por primera vez el 31 de diciembre de 2004, a más tardar, a la luz de los nuevos datos de que se disponga sobre la presencia de dioxinas y PCB similares a las dioxinas, especialmente a fin de aplicar también a estos últimos los contenidos máximos que se fijen. Una nueva revisión deberá realizarse el 31 de diciembre de 2006, a más tardar, con el fin de reducir significativamente los contenidos máximos y, eventualmente, fijar contenidos máximos para otros productos alimenticios.

Productos

Contenidos máximos (PCDD + PCDF) (25)

(pg EQT PCDD/F-OMS/g de grasa o producto)

Método de toma de muestras

Criterios de realización de los métodos de análisis

5.1.1 Carne y productos a base de carne (28) procedentes de

- Rumiantes (bovinos y ovinos)

- Aves de corral y caza de cría

- Cerdos

5.1.2 Hígado y productos derivados

 

3 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26,27)

2 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26,27)

1 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26,27)

6 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26,27)

 

 

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE


Directiva 2001/../CE

 

 

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE


Directiva 2001/../CE

5.2. Carne de pescado y productos de la pesca (29) y productos derivados

4 pg EQT PCDD/F-OMS/g peso en fresco (26)

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

5.3. Leche (30) y productos lácteos, incluida la grasa láctea

 

3 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26,27)

 

Directiva 2001/../CE

 

Directiva 2001/../CE

 

5.4 Huevos de gallina y ovoproductos (31,32)

 

3 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26,27)

 

Directiva 2001/../CE

 

Directiva 2001/../CE

5.5 Aceites y grasas

- Grasas animales

- de rumiantes

- de aves de corral y caza de cría

- de cerdos

- grasas animales mezcladas


- Aceites vegetales


- Aceite de pescado destinado al consumo humano

 

3 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26)

2 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26)

1 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26)

2 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26)

0,75 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26)

2 pg EQT PCDD/F-OMS/g grasa (26)

 

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

 

 

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

Directiva 2001/../CE

 

 

 

 

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Footnotes:

( 1) Cf. conclusiones de 13 de julio de 2001, apartado 3.

( 2) Véase el punto 26 de las Conclusiones de Lisboa.

( 3) Cf. Informe del Consejo "Educación" al Consejo Europeo "Futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación", p. 14, punto 2.3.2 (doc. 5980/01)