COMUNICADO DE PRENSA
Asunto :
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Sesión nº 2300 del Consejo - AGRICULTURA - Luxemburgo, 23 de octubre de 2000 |
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Presidente : |
D. Jean GLAVANY Ministro de Agricultura y Pesca de la República Francesa |
ÍNDICE
PARTICIPANTES
*PUNTOS QUE SE HAN DEBATIDO
FRUTAS Y HORTALIZAS *
ARROZ
*SIMPLIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA PAC - CONCLUSIONES DEL CONSEJO
*NEGOCIACIONES AGRÍCOLAS EN LA OMC
*AZÚCAR
*PRODUCCIÓN BIOLÓGICA
*VARIOS
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Leche destatada en polvo *PUNTOS ADOPTADOS SIN DEBATE
AGRICULTURA *
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Vino: acuerdos bilaterales - Conclusiones del Consejo *-
Isla de Man: importación de carne de ovino y bovino *-
OCM en el sector de las semillas *MEDIO AMBIENTE
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Benceno y monóxido de carbono en el aire ambiente *JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR
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Convenio de La Haya - Reunión informal de Washington *-
Reglamento Financiero de SISNET - Modificación *_________________
Para más información:
( 285 78 33 o 285 74 59Los Gobiernos de los Estados miembros y la Comisión Europea han estado representados de la siguiente manera:
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Bélgica: |
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D. Jaak GABRIËLS |
Ministro de Agricultura y de las Clases Medias |
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Dinamarca : |
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D.ª Ritt BJERREGAARD |
Ministra de Alimentación, Agricultura y Pesca |
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D. Poul OTTOSEN |
Secretario de Estado en el Ministerio de Alimentación, Agricultura y Pesca |
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Alemania : |
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D. Karl-Heinz FUNKE |
Ministro Federal de Alimentación, Agricultura y Bosques |
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D. Martin WILLE |
Secretario de Estado en el Ministerio Federal de Alimentación, Agricultura y Bosques |
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Grecia : |
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D. Georgios ANOMERITIS |
Ministro de Agricultura |
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España : |
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D. Miguel ARIAS |
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación |
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Francia : |
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D. Jean GLAVANY |
Ministro de Agricultura y Pesca |
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Irlanda : |
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D. Joe WALSH |
Ministro de Agricultura, Alimentación y Desarrollo Rural |
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Italia : |
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D. Alfonso PECORARO SCANIO |
Ministro de Política Agraria y Forestal |
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Luxemburgo : |
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D. Fernand BODEN |
Ministro de Agricultura, Viticultura y Desarrollo Rural |
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Países Bajos : |
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D. Laurens-Jan BRINKHORST |
Ministro de Agricultura, Gestión de los Recursos Naturales y Pesca |
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Austria : |
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D. Wihelm MOLTERER |
Ministro Federal de Agricultura, Montes, Medio Ambiente y Recursos Hídricos |
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Portugal : |
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D. Luis CAPOULAS SANTOS |
Ministro de Agricultura, Desarrollo Rural y Pesca |
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Finlandia : |
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D. Kalevi HEMILÄ |
Ministro de Agricultura y Montes |
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Suecia : |
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D.ª Margareta WINBERG |
Ministra de Agricultura |
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D. Per-Göran ÖJEHEIM |
Secretario de Estado en el Ministerio de Agricultura |
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Reino Unido : |
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D.ª Joyce QUIN |
Ministra Adjunta de Agricultura ("Minister of State") en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación |
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Comisión : |
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D. Franz FISCHLER |
Comisario |
El Consejo ha debatido las cuestiones fundamentales que plantean las propuestas de la Comisión destinadas a remediar rápidamente ciertos problemas urgentes del sector de las frutas y las hortalizas frescas, de los productos transformados y de los cítricos. El debate se ha centrado en las siguientes cuestiones: límite máximo de la intervención de los fondos operativos en favor de las organizaciones de productores, umbrales nacionales de transformación para los tomates, melocotones/peras y cítricos, ayudas para los productos en cuestión.
El debate ha puesto de manifiesto que las Delegaciones acogen favorablemente la estructura de la propuesta de la Comisión y apoyan la idea de una decisión rápida. También ha puesto de relieve los puntos en que una u otra delegación siente especiales dificultades frente a las propuestas de la Comisión.
El Consejo ha acordado reanudar en la próxima sesión sus trabajos en torno a este expediente, con conocimiento del dictamen del Parlamento Europeo y con intención de alcanzar un acuerdo de conjunto a partir de las sugerencias que la Presidencia someta a las Delegaciones.
Al término del debate, el Presidente ha observado, en relación con el límite máximo aplicable a los fondos operativos, que una muy amplia mayoría de Delegaciones consideraba el 3 % un porcentaje demasiado bajo y que se sugerían porcentajes que iban del 3,5 % hasta incluso, por parte de algunos, el 4,5 %. Por lo que respecta al nivel de las ayudas, el Presidente ha observado que el sector de los tomates transformados, cuyo porcentaje disminuiría significativamente, constituía una cuestión sensible para varias Delegaciones. Respecto del nivel de los umbrales, el conjunto de países productores los ha considerado insuficientes, ya sea para el tomate, el melocotón o los cítricos. Por último, el Presidente ha constatado que la supresión de los precios mínimos también planteaba problemas para ciertas Delegaciones. Los países productores del sur de la UE han recordado que los gastos para el sector de las frutas y hortalizas no guardan relación con el peso que tiene este sector en la agricultura europea.
El Consejo ha tomado nota de las explicaciones del Comisario FISCHLER a propósito de la propuesta de su Institución, también de las referentes a las negociaciones comerciales con los países terceros. Tomando como base un cuestionario de la Presidencia, el Consejo ha mantenido un debate que ha puesto de manifiesto los puntos en que una u otra delegación siente especiales dificultades frente a las propuestas de la Comisión. El Consejo ha tomado nota de que la Presidencia adoptará oportunamente las disposiciones adecuadas para proseguir la tramitación de este expediente, atendiendo al debate orientativo realizado y al futuro dictamen del Parlamento Europeo.
El Presidente ha constatado que existe un amplio consenso sobre la necesidad de una reforma del sector del arroz, dadas las dificultades – importancia de las existencias de intervención, inestabilidad de la renta de los productores, alza apreciable de la importación de arroz desde comienzos de la década – a las que hace frente el sector, aunque algunas Delegaciones han manifestado su viva preocupación por una revisión que afectase profundamente a los productores o – según los respectivos puntos de vista – diera lugar a una protección arancelaria más elevada que penalizase a los consumidores.
Tomando como referencia un cuestionario de la Presidencia, el debate del Consejo se ha centrado en los siguientes aspectos:
- intervención: se trata de verificar si hay alternativas a la supresión de la intervención propuesta por la Comisión, cuando para varios Estados miembros este instrumento constituye un elemento clave del funcionamiento de la PAC y una garantía de la renta de los productores;
- aspecto exterior de la reforma: se ha dudado de la viabilidad de una reforma que se realizaría sin certeza sobre las incidencias de la supresión de la intervención sobre la política comercial;
- integración del arroz en el régimen de los cultivos herbáceos: aceptación del planteamiento general de la Comisión a este respecto, pero constatación de que existen dificultades en cuanto al nivel de la ayuda y a la aplicación de la retirada obligatoria de tierras cultivadas con arroz;
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disposiciones relativas a las medidas que deben aplicarse en caso de perturbación del mercado del arroz, siempre en la hipótesis de que se suprima la intervención: necesidad de disposiciones más claras y precisas en su formulación, especialmente en lo que se refiere a los criterios de activación de las medidas.
SIMPLIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA PAC - CONCLUSIONES DEL CONSEJO
El Consejo ha tomado nota de la exposición del Comisario FISCHLER acerca del estado de los trabajos de su Institución a propósito de la simplificación de las reglas de aplicación de la política agrícola común. El Consejo ha aprobado el texto de las conclusiones que se exponen a continuación, texto al que ha dado su apoyo la Comisión, y ha decidido volver a tratar este expediente en una próxima sesión.
"En línea con las conclusiones del Consejo "Agricultura" de diciembre de 1994 y del Consejo "Agricultura" de junio de 1999, en los que se insistió en la importancia de simplificar la aplicación de la PAC, y a la vista de los resultados ya obtenidos durante los últimos años, el Consejo reafirma su adhesión al objetivo de proseguir la simplificación de la gestión de la política agrícola común.
El Consejo ha escuchado la presentación por el Representante de la Comisión de las medidas ya adoptadas y de su programa de trabajo en materia de simplificación, que no debe mermar la eficacia del control obtenido con el sistema integrado de gestión y control.
1) El Consejo ha tomado nota de la intención del Representante de la Comisión de someter a la aprobación de ésta un proyecto de propuesta destinada a establecer un enfoque más global para las ayudas abonadas a los pequeños productores, lo que debería dar lugar a una simplificación importante.
2)
El Consejo ha tenido conocimiento del documento de trabajo elaborado por los Servicios de la DG AGRI para responder a más de 200 propuestas de simplificación presentadas por los Estados miembros. Comprueba con satisfacción que ya se ha respondido a alrededor de la mitad de las propuestas y se han determinado en el documento unas treinta pistas potenciales de simplificación. El Consejo invita a la Comisión a que prosiga sus trabajos para determinar cuáles de ellas tienen posibilidades de materializarse.
3) El Consejo observa con satisfacción que, de las diversas contribuciones que le han presentado los Estados miembros, el Representante de la Comisión se declara en principio favorable a las siguientes:
- la protección de la confianza legítima en el contexto del cobro de los importes indebidamente pagados, en particular en los casos en que se da una situación de buena fe y no de fraude caracterizado;
- la flexibilización en la determinación de la superficie mínima de las parcelas para la retirada obligatoria de las tierras situadas junto a cursos de agua y lagos perennes, ya que ello no entraña gastos suplementarios para el presupuesto comunitario;
- la posibilidad de que los Estados miembros tomen en consideración en las superficies declaradas elementos tradicionales del paisaje, ya que ello no entraña gastos suplementarios para el presupuesto comunitario;
- la clarificación de las normas de no aplicación de sanciones en caso de que el error en la solicitud de primas vaya en detrimento del beneficiario.
4) El Consejo también toma nota con satisfacción de que el Representante de la Comisión comparte los objetivos siguientes y va a seguir contribuyendo activamente a su realización:
- el desarrollo, en particular para las ayudas a los animales de la especie bovina, de un sistema de controles basado en un enfoque global de la explotación teniendo en cuenta un análisis de riesgos, y no uno específico para cada ayuda, a fin de limitar el número de controles a nivel de la explotación;
- la posibilidad de que los Estados miembros desarrollen a partir de la experiencia adquirida sistemas que permitan dispensar a los ganaderos de presentar solicitudes de primas cuando un sistema totalmente fiable de identificación de animales, desde el punto de vista del control, permita a la administración calcularlas por sí misma.
5)
El Consejo toma nota de que la Comisión sigue estando dispuesta a examinar otras propuestas que pudieran presentarle, en particular, los Estados miembros en materia de simplificación de la reglamentación y la invita a que las examine durante el año próximo, a la luz de los principios que se han seguido para analizar las pistas precedentes.
6) Por último, el Consejo toma nota con satisfacción de que la Comisión tiene intención de crear un grupo de trabajo ad hoc encargado de coordinar el análisis y el debate de las propuestas en materia de simplificación.
7) El Consejo invita a la Comisión a que lo mantenga informado de la marcha de dichos trabajos de simplificación."
NEGOCIACIONES AGRÍCOLAS EN LA OMC
El Consejo ha escuchado las explicaciones del Comisario FISCHLER relativas a las negociaciones agrícolas en la OMC y ha convenido acordar, en la sesión de 20 y 21 de noviembre, a la luz de los trabajos técnicos que se realicen entretanto, un texto que defina la posición de la Unión en dichas negociaciones.
El Consejo ha tomado nota de la presentación, a cargo del Comisario Sr. FISCHLER, de la propuesta relativa a la adopción, antes de la fecha límite del 31 de diciembre de 2000, de un régimen provisional aplicable a partir del 1 de julio de 2000 para las dos próximas campañas, similar en líneas generales al régimen actual.
El Consejo ha oído las observaciones formuladas por loa Estados miembros, en especial en lo relativo a la duración que deberá preverse para el nuevo reglamento y a los puntos técnicos fundamentales que contiene la propuesta de la Comisión, es decir, en particular, la supresión del régimen de compensación de los gastos de almacenamiento y la reducción permanente de las cuotas (de 115 000 toneladas que corresponden al 50% del excedente estructural), cuestiones sobre las que la mayoría de las Delegaciones ha presentado objeciones en relación con la propuesta de la Comisión. En particular, debe observarse que diez Delegaciones se han expresado enérgicamente a favor de un período de vigencia mínimo de 5 años.
El Consejo ha acordado que las conclusiones que se extraigan del debate se tomarán en consideración con el fin de lograr lo antes posible un acuerdo respetando el plazo de 31 de diciembre de 2000, para evitar un vacío jurídico.
El Consejo ha tenido conocimiento de las intervenciones de las Delegaciones sobre la aplicación de las recomendaciones adoptadas por la Conferencia Europea celebrada en Viena (Baden) los días 27 y 28 de mayo de 1999 y dedicada al estudio de las perspectivas de la agricultura biológica en la Unión Europea.
El Consejo recuerda que la agricultura biológica constituye una contribución de singular importancia al modelo de agricultura europeo.
El Consejo ha tomado nota de una información de la Delegación italiana relativa a la introducción de un marcador en la leche desnatada en polvo.
(Las decisiones que contienen declaraciones en acta accesibles al público se indican con un asterisco; estas declaraciones pueden pedirse a la Oficina de Prensa.)
Vino: acuerdos bilaterales - Conclusiones del Consejo
"El Consejo ha expresado su satisfacción por el aumento y la importancia del comercio mundial de los vinos, al tiempo que hace constar el aumento constante de las importaciones de vinos a la Unión Europea (se han multiplicado por 2,3 los volúmenes importados y por 4 el valor correspondiente en 1993 y 1999, es decir, 6,3 millones de hectolitros en 1999) y el estancamiento en volumen frente a la duplicación en valor de las exportaciones de la Unión Europea a terceros países.
El Consejo ha manifestado su deseo de que los intercambios comerciales aumenten, dentro del respeto de las normas de competencia leal, entre los países de la Unión Europea, de larga y antigua tradición vitícola, y los nuevos países productores. Por ello, ha recordado su empeño en la celebración de acuerdos bilaterales y en la multiplicación de iniciativas, por parte de la Unión o de los terceros países, para la celebración de dichos acuerdos.
El Consejo ha tenido conocimiento del informe de la Comisión sobre la marcha de las negociaciones con los terceros países. Ha confirmado su voluntad de encontrar soluciones a las dificultades encontradas, siguiendo un planteamiento que puede diferenciarse, teniendo en cuenta ante todo la capacidad de importar o de exportar y el nivel de los controles administrativos de los terceros países interesados, sin cuestionar no obstante los principios fundamentales defendidos por la Unión ni los que sustentan su reglamentación interna, y sin debilitar tampoco nuestras reivindicaciones y logros en los organismos internacionales y multilaterales ni, por último, desperdiciar los resultados obtenidos en las negociaciones bilaterales.
De manera especial, el Consejo ha reafirmado que la negociación multilateral de los acuerdos ADPIC deberá hacer progresar el registro de las indicaciones geográficas protegidas en la Unión.
A raíz de la declaración hecha por la Comisión, en la que puso de relieve las principales dificultades de las negociaciones, el Consejo ha definido la siguiente línea de actuación.
I. INDICACIONES GEOGRÁFICAS
1) Para los nombres considerados en los terceros países como genéricos o semigenéricos, el principal objetivo de la negociación de los acuerdos bilaterales es fijar períodos transitorios a cuyo vencimiento debe terminarse la utilización de las denominaciones que corresponden a indicaciones geográficas protegidas en la Unión (negociación llamada del "phasing out").
1) En lo que se refiere a las demás denominaciones, el Consejo está dispuesto a plantearse la posibilidad de que la protección de las indicaciones geográficas pueda negociarse también según un enfoque basado en la legislación relativa al etiquetado. No obstante, este enfoque debe dirigirse a alcanzar los mismos objetivos que los que se inscriben en el enfoque tradicional. En ese marco, será conveniente procurar que dicho enfoque se reserve a los países cuya estructura administrativa proporcione garantías suficientes para la protección a que se aspira, que debe abarcar, por una parte, las marcas y las restantes denominaciones de venta sea cual fuere el envasado, y, por otra parte, la promoción.
II.
MENCIONES TRADICIONALES
El Consejo confirma su empeño en la defensa y protección de las menciones tradicionales, habida cuenta de la importancia que tienen en los intercambios comerciales. Ha subrayado la necesaria coherencia entre los acuerdos bilaterales y la reglamentación comunitaria del etiquetado, teniendo en cuenta, en particular, la existencia de dos tipos de menciones: las que incuestionablemente están ligadas a una indicación geográfica y las que más bien caracterizan una forma de elaboración del vino.
Las menciones tradicionales que están íntimamente ligadas a un origen deben poder protegerse del mismo modo que las denominaciones de origen y, por tanto, también cuando esto es posible para el control del etiquetado. En cuanto a las demás, el Consejo está dispuesto a estudiar la posibilidad de que los países que ya las utilicen mantengan este uso, con la condición expresa de que dichos países respeten un pliego de condiciones que imponga normas de producción, elaboración y comercialización equivalentes a las de la Unión Europea, con el fin de preservar las condiciones de una competencia leal y de garantizar la correcta información del consumidor.
III. PRÁCTICAS ENOLÓGICAS
El Consejo ha confirmado su interés en el establecimiento recíproco de una lista positiva de prácticas enológicas reconocida que deberá adjuntarse a cada acuerdo bilateral.
En lo futuro, los procedimientos deberán permitir la evaluación de toda nueva práctica enológica, sobre la base de los siguientes principios:
-
La necesidad de proteger la salud del consumidor.-
La necesidad, además, de preservar la autenticidad del producto. De manera especial, las prácticas enológicas (que han sido objeto en la Unión de una aplicación estricta que respeta la autenticidad y el carácter del producto y que expresa la tradición vitícola comunitaria), deberán salvaguardar las principales características de la vendimia que le confieren sus características específicas.-
Un planteamiento diferenciado en función de los datos presentados por los terceros países, sobre todo sobre las situaciones climáticas y de los suelos y sobre los volúmenes de que se trate, pero sin cuestionar el principio según el cual la calidad del vino está directamente ligada al modo de cultivo de la viña.No obstante, durante la evaluación y a la espera, en su caso, de que concluyan los procedimientos de consulta y arbitraje, no se interrumpirán los intercambios entre las partes en el acuerdo.
Por lo que se refiere al grado de precisión que debe adoptarse, el Consejo sigue interesado en que se tengan en cuenta referencias precisas como las que define la norma comunitaria, adaptada, cuando sea necesario, a las situaciones que se planteen y habida cuenta de los trabajos que se desarrollan en particular en la OIV.
IV. PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE LITIGIOS RELATIVOS A LOS ASPECTOS FITOSANITARIOS
Con el fin de evitar riesgos de ruptura extemporánea de las corrientes comerciales, perjudicial para los intercambios, el Consejo considera que deben incorporarse a los acuerdos bilaterales procedimientos seguros de seguimiento y solución de los posibles litigios que pueden surgir entre las partes, en particular los referentes a plaguicidas y contaminantes, en caso de riesgo para la salud o el medio ambiente. A la espera de la solución de los posibles litigios, proseguirán sin interrupción los intercambios entre las partes.
V.
CONCESIONES ARANCELARIAS Y NORMAS DE ORIGEN ADUANERO
El Consejo ratifica su interés en que en los acuerdos bilaterales se fijen normas de origen aduanero preferenciales que reconozcan con respecto al vino la norma de los productos obtenidos enteramente, aplicada en la Unión.
Las concesiones arancelarias deberán estudiarse a la vista del presente marco definido por el Consejo, en particular por lo que se refiere a los avances conseguidos en materia de indicaciones geográficas y menciones tradicionales.
VI. BEBIDAS ESPIRITUOSAS
En la medida en que se planteen problemas similares con respecto a las bebidas espirituosas, y sin cuestionar la posición de la Unión Europea en la defensa de las indicaciones geográficas y las denominaciones protegidas con arreglo a la normativa comunitaria, se aplicará la línea de conducta definida en consecuencia.
VII. MARCHA DE LAS NEGOCIACIONES
La Comisión informará periódicamente al Consejo de Agricultura sobre la marcha de las negociaciones, que deberán resultar equilibradas en todos sus elementos.
Isla de Man: importación de carne de ovino y bovino
El Consejo ha adoptado la decisión que prorroga hasta el final del año 2005 el periodo de aplicación de la Decisión 82/530/CEE, por la que se autoriza al Reino Unido a permitir que las autoridades de la isla de Man apliquen un sistema de certificados especiales de importación para la carne de ovino y de vacuno para restringir las importaciones de carnes de ovino y de vacuno con el fin de no perturbar la producción interior.
OCM en el sector de las semillas
El Consejo ha adoptado una modificación del Reglamento (CEE) nº 2358/71, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas.
El nuevo reglamento tiene por finalidad permitir a Finlandia, debido a sus especiales condiciones climáticas, mantener la posibilidad de conceder, previa autorización de la Comisión, ayudas para la producción de determinadas semillas.
Benceno y monóxido de carbono en el aire ambiente
El Consejo estuvo en condiciones de aprobar la única enmienda a su posición común votada epor el Parlamento Europeo en segunda lectura, por lo que se considera adoptada la directiva por la que se fijan los valores límite para las concentraciones de benceno y de monóxido de carbono en el aire ambiente, en forma de posición común modificada con arreglo a la enmienda del Parlamento. Esta institución había introducido la solicitud, respecto del considerando 11, de que, al actualizar la directiva en 2004, se tuviera asimismo en cuenta la contaminación de la atmósfera en espacios cerrados.
La directiva fija por primera vez normas en materia de calidad del aire ambiene para toda la UE en lo relativo a la presencia de benceno y de monóxido de carbono. Establece respecto del benceno un valor límite de 5 μg/m3 que deberá respetarse para el 1 de enero de 2010 y, respecto del monóxido de carbono, un valor límite de 10 μg/m3 que deberá respetarse para el 1 de enero de 2005. Para alcanzar estos objetivos, habrá que reducir en un 70% las emisiones de benceno y en un tercio las emisiones máximas de CO.
Procede recordar que el monóxido de carbono es uno de los contaminantes atmosféricos tóxicos más comunes. Afecta al organismo humano reduciendo las reservas de oxígeno de que dicho organismo dispone. El benceno es un conocido carcinógeno genotóxico que incrementa el riesgo de leucemia. La principal fuente de emisión de ambos contaminantes es el tráfico rodado; otras fuentas importantes son, en el caso del benceno, la distribución de combustible, las refinerías de petróleo y la industria química y, en el caso del CO, todos los procesos de combustión.
JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR
Convenio de La Haya - Reunión informal de Washington
El Consejo ha confirmado su acuerdo sobre el proyecto de intervención de la Presidencia en la reunión informal de Washington (30 de octubre a 1 de noviembre de 2000) que se celebrará en el marco de los trabajos encaminados a preparar un futuro Convenio de La Haya sobre competencia, reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras.
Reglamento Financiero de SISNET - Modificación
El Consejo ha adoptado una decisión por la que se modifican determinados aspectos del Reglamento Financiero de SISNET con el fin de subsanar algunas dificultades prácticas relativas al reglamento financiero por el que se rigen los aspectos presupuestarios de la celebración y gestión de los contratos relativos a SISNET.
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