El Consejo
El Consejo es un organismo único, pero por razones relativas a la organización de su trabajo, se reúne - según el tema debatido - en diversas "formaciones", a las que asisten los ministros de los Estados miembros y los miembros de la Comisión Europea responsables de los sectores correspondientes. En los años 90 había 22 formaciones, que se redujeron a 16 en junio de 2000 y posteriormente a 9 en junio de 2002. Desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, hay diez formaciones. Sin embargo, el Consejo sigue siendo único, pues, independientemente de la formación del Consejo que adopte una decisión, ésta es siempre una decisión del Consejo y no se hace ninguna mención de la formación. La sede del Consejo está en Bruselas, donde se reúne varias veces al mes (las sesiones de abril, junio y octubre se celebran en Luxemburgo).
Las decisiones del Consejo son elaboradas en el marco de una estructura compuesta por más de 150 grupos de trabajo y comités que incluyen a delegados de los Estados miembros. Estos resuelven los problemas técnicos y remiten el expediente al Comité de Representantes Permanentes (COREPER), compuesto por los embajadores de los Estados miembros ante la Unión Europea, que garantiza la coherencia de los trabajos y resuelve cuestiones técnico-políticas antes de presentar el expediente al Consejo.
El Consejo adopta decisiones por votación de los ministros de los Estados miembros. Hay tres tipos de votación en función de las disposiciones del Tratado para cada tema: mayoría simple (para las decisiones de procedimiento), mayoría cualificada (un sistema de votación ponderada basado en las poblaciones de los Estados miembros y utilizado para muchas decisiones referentes al mercado interior, a los asuntos económicos y al comercio) y unanimidad (para la política exterior, la defensa, la cooperación judicial y policial y la fiscalidad).
En la gran mayoría de los casos, el Consejo adopta decisiones a partir de una propuesta de la Comisión Europea y en asociación con el Parlamento Europeo, a través del procedimiento de consulta (por ejemplo en los ámbitos de la agricultura, la cooperación judicial y policial, y la fiscalidad) o a través de la codecisión (por ejemplo, el mercado interior).