La voz del pueblo
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El Reglamento relativo a la denominada "iniciativa ciudadana" ha llegado a las fases finales del procedimiento legislativo de la UE: el Consejo de Asuntos Generales suscribió el texto el 14 de diciembre y el Parlamento Europeo lo aprobó el 15 de diciembre. Esta innovación del Tratado de Lisboa permitirá a los ciudadanos europeos pedir a la Comisión que presente propuestas legislativas.
En primer lugar, los "organizadores" de la iniciativa (que han ser un grupo de no menos de siete personas de siete Estados miembros como mínimo) tendrán que registrar su propuesta de iniciativa ante la Comisión, es decir, presentar una breve descripción de su objeto y sus objetivos en una de las lenguas oficiales de la UE.
Si la iniciativa cumple las condiciones previstas en el Reglamento, la Comisión la registrará, tras lo cual los organizadores tendrán que recoger un millón de declaraciones de apoyo (firmas) a la iniciativa procedentes de un cuarto, por lo menos, de los Estados miembros. Dispondrán de doce meses para llevar a cabo esta tarea. Las declaraciones se podrán recoger en papel o por medios electrónicos.
Además, el Reglamento establece un número mínimo de signatarios por Estado miembro. Por ejemplo, en Luxemburgo y Malta serán necesarias 4.500 y 3.750 firmas, respectivamente, mientras que tendrán que ser 54.000 ciudadanos británicos y 74.250 alemanes los que estén dispuestos a respaldar la iniciativa propuesta.
El número mínimo de signatarios por Estado se obtiene multiplicando el número de sus diputados al Parlamento Europeo por 750.
Por último, una vez que se hayan verificado las declaraciones de apoyo y que una iniciativa ciudadana admisible se haya presentado a la Comisión, ésta hará públicas en el plazo de un mes sus conclusiones sobre si se propone o no dar curso a la iniciativa, comunicando sus razones para ello.
Comunicado de prensa
Retransmisión por Internet de la rueda de prensa del Consejo