Acuerdo sobre unas normas de la UE más estrictas respecto a las agencias de calificación crediticia


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05/12/2012

Las agencias de calificación crediticia de la UE funcionarán pronto según un conjunto de normas modificado acordado por el Consejo y el Parlamento Europeo. Parte de las modificaciones se refieren a la calificación de la deuda soberana. Los ministros de Hacienda de la UE fueron informados de este acuerdo en la sesión del Consejo de 4 de diciembre.

Las modificaciones acordadas del paquete legislativo –que consiste en una directiva y un reglamento– tienen por objeto reducir la excesiva dependencia de los inversores de las agencias de calificación crediticia, reducir los conflictos de interés y aumentar la transparencia y competitividad del sector.

Más responsabilidad

Las nuevas normas permitirán exigir responsabilidades a una agencia de calificación en casos de negligencia o dolo, cuando se hayan causado perjuicios a un inversor.

Asimismo, las agencias de calificación crediticia tendrán que fijar un calendario indicando cuando tienen previsto emitir calificaciones de los Estados miembros. Estas calificaciones sólo se publicarán tras el cierre de los centros de negociación en la UE y al menos una hora antes de su apertura.

Más claridad y transparencia

Las agencias de calificación crediticia tendrán que informar a los inversores y a los Estados miembros de los hechos y supuestos en los que se basa su calificación. Esto facilitará una mejor comprensión de las calificaciones crediticias de los Estados miembros.

Además, todas las calificaciones disponibles tendrán que publicarse en una plataforma europea de calificación que contendrá todas la calificaciones de las agencias registradas y autorizadas en la UE. Esto permitirá comparar todas las calificaciones de cualquier instrumento financiero y aumentar su visibilidad.

La plataforma europea de calificación ayudará así a los inversores a efectuar su propia evaluación de riesgos y contribuirá a una mayor diversidad del sector de la calificación crediticia.

Atajar los conflictos de interés

Las modificaciones introducen una rotación obligatoria consistente en que los emisores de instrumentos financieros tendrán que cambiar de agencia al menos cada cuatro años. Esta norma se aplicará a las retitulizaciones, que son complejos instrumentos financieros estructurados.

Asimismo se establecerán limitaciones para los accionistas: estará prohibido que los inversores posean a la vez amplias participaciones en más de una agencia de calificación, a no ser que estas agencias pertenezcan al mismo grupo.

La norma deberá garantizar una independencia suficiente de las agencias de calificación crediticia.

Próximas medidas

El Consejo y el Parlamento Europeo acordarán ambos textos el 27 de noviembre. Se presentarán ahora a las dos instituciones para su aprobación y adopción, que cabe esperar sea en el primer trimestre de 2013.


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