Reducir la contaminación mediante el cobro de una nueva tasa a los camiones


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13/09/2011

Los transportistas por carretera en la UE deberá contribuir en mayor medida para cubrir los gastos que generan en términos de contaminación y congestión del tráfico. El pasado 12 de septiembre, el Consejo adoptó la Directiva sobre el Eurodistintivo que revisaba las normas actuales en materia de derechos de uso y peajes para los vehículos comerciales pesados.

El Eurodistintivo es una tasa de utilización de carreteras que da acceso a las principales redes viarias de diversos Estados miembros. El objetivo de dicha Directiva es reducir la contaminación producida por el transporte de mercancías y conseguir un tráfico más fluido mediante la imposición de peajes que contribuyan a la financiación de los costes generados por dicho tráfico en términos de contaminación atmosférica y acústica, así como a evitar los atascos.

Para ello, los Estados miembros pueden aplicar una tasa a los camiones que complementa las ya existentes con el fin de recuperar los costes de la construcción, gestión, mantenimiento y ampliación de la infraestructura viaria.

Para animar a los transportistas a elegir rutas alternativas o a no conducir durante las horas punta, pueden modular asimismo dicho canon por uso de la infraestructura viaria para tener en cuenta la congestión del tráfico, con una tasa de variación máxima del 175 % durante las horas punta en comparación con los niveles medios del canon, limitando dichos períodos a cinco horas por día.

El importe de estas tasas variará en función del tipo y de las emisiones del vehículo, de la distancia recorrida, del lugar y del momento de la utilización de las carreteras. Esta tarificación diversificada tiene por objetivo animar al paso a unos modos de transporte más respetuosos del medio ambiente, por ejemplo el ferrocarril o las vías navegables.

Se recomienda que los Estados miembros destinen los ingresos generados por dichas tasas a proyectos en el sector del transporte, en particular para apoyar la red transeuropea de transporte.

Los Estados miembros disponen de dos años para incorporar dicha Directiva a su legislación nacional.

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