Se amplían las normas sobre trata de seres humanos


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El 21 de marzo se dio un gran paso en la lucha contra la trata de seres humanos. El Consejo adoptó unas normas mínimas a escala de toda la UE relativas a la definición de las infracciones penales y al nivel de las sanciones en este ámbito, que también refuerzan la prevención de este delito y la protección de las víctimas.

La nueva Directiva amplía la definición de las infracciones. Se castigará la trata de seres humanos con fines de mendicidad o trabajo forzados, y de extracción de órganos; por ejemplo, será punible la mera tentativa de comisión de la infracción.

El texto contiene asimismo una disposición por la que se autoriza a las autoridades nacionales a no enjuiciar ni imponer penas a las víctimas de la trata de seres humanos por su participación en actividades delictivas que se hayan visto obligadas a cometer.

Los Estados miembros velarán por que se garantice asistencia y apoyo a las víctimas antes, durante y después de los procesos penales, a fin de que puedan ejercer los derechos derivados del estatuto de la víctima en el proceso penal. Hay otras disposiciones aplicables a los menores víctimas de la trata, como las destinadas a prestarles asistencia en su recuperación física y psicosocial.

Las autoridades nacionales garantizarán también que, en la medida de lo posible, las víctimas de la trata reciban indemnización en los casos de delitos violentos cometidos intencionadamente.

A título de prevención se deberán adoptar medidas como campañas de información y concienciación y programas de investigación y de formación periódica de los funcionarios.

La Directiva deberá ser aplicada por los Estados miembros a más tardar en marzo de 2013.

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Debate público

23/03/2011